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Condenaron a prisión perpetua a cinco de los acusados de matar a Fernando Báez Sosa

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El Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 comunicó su decisión por el caso Fernando Báez Sosa. Tres de los acusados recibieron la pena de 15 años de prisión.

El Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores condenó este lunes a Máximo Thomsen, Enzo Comelli, Matías Benicelli, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli, Luciano, Lucas y Ciro Pertossi como culpables del asesinato de Fernando Báez Sosa, cometido el 18 de enero de 2020 frente a la discoteca Le Brique en Villa Gesell.

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Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Benicelli, Luciano Pertossi fueron condenados a prisión perpetua por los delitos de homicidio doblemente agravado por premeditación y alevosía. Los otros tres fueron sentenciados a 15 años de prisión.

Máximo Thomsen se descompensó al escuchar el veredicto del Tribunal que, ante esta situación, interrumpió la lectura del fallo, dispuso que el joven recibiera asistencia médica y que se retirara el público del recinto.

Si bien los ocho acusados estuvieron de pie en el momento de la lectura de la sentencia, tras escuchar la condena, Thomsen se sentó en su asiento y ya dio síntomas de haberse descompuesto, lo que fue advertido por su madre. «Esto es todo una mentira, saquen a todos los periodistas, la puta que los parió. Tres años torturándolo, No me importa más nada», dijo a los gritos Rosalía Zárate, en medio de la sala de audiencias apenas vio a su hijo desvanecerse.

El veredicto

Cinco de los ocho rugbiers fueron condenados a prisión perpetua como coautores del crimen de Fernando Báez Sosa, cometido el 18 de enero del 2020 a la salida de un boliche de la localidad balnearia de Villa Gesell, mientras que los otros tres recibieron la pena de 15 años de prisión por haber sido considerados partícipes secundarios.

La condena fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de la ciudad de Dolores, que consideró por unanimidad que Máximo Thomsen (23), Ciro Pertossi (22), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23) y Luciano Pertossi (21) fueron coautores del delito de «homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado por dos o más personas y por alevosía en concurso ideal de lesiones leves», cuya única pena posible es la prisión perpetua.

Además, los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lazzari y Christian Rabaia entendieron que Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23) y Lucas Pertossi (23) fueron «partícipes secundarios» del mismo delito y se les aplicó una pena de 15 años de prisión.

La audiencia comenzó a las 13.17, cuando el secretario del tribunal Federico Omar Marasco inició la lectura de la parte resolutiva de la sentencia. Antes, el abogado defensor de los rugbiers pidió que los ocho acusados puedan escuchar la sentencia de pie, lo que fue autorizado por el tribunal.

Seis minutos después, se escuchó la pena máxima para cinco de los acusados y las otras tres condenas para los partícipes secundarios. Los jueces pidieron además que se investigue a Juan Pedro Guarino y a Tomás Colazo, dos de los rugbiers que no llegaron a juicio oral, por los delitos de falso testimonio, tal como había sido solicitado la fiscalía.

Apenas finalizada la audiencia, los imputados fueron trasladados nuevamente a la Unidad Penal 6 de Dolores, a la espera que se resuelva si son nuevamente alojados en la cárcel de La Plata.

En sus alegatos de cierre, tanto los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García como los abogados Fernando Burlando y Fabián Améndola, quienes representan a los padres de la víctima en calidad de particulares damnificados, habían considerado que debían ser condenado los ocho imputados como coautores del delito de «homicidio doblemente calificado, en concurso ideal con lesiones leves», por los golpes sufridos por amigos de Báez Sosa que intentaron ayudarlo.

El defensor de los imputados, Hugo Tomei, consideró por su parte en su alegato que todos ellos deberían ser absueltos por la «incongruencia» entre la acusación original y la planteada por la fiscalía al momento de pedir la pena. Pidió además, que en caso de ser condenados por el tribunal, el hecho sea encuadrado como un «homicidio en riña», que prevé una pena máxima de seis años de prisión, lo que permitiría a los imputados acceder casi de manera inmediata a una libertad condicional, por los tres años que llevan con prisión preventiva. Tomei planteó subsidiariamente ante el TOC que se consideren las figuras de «homicidio simple con dolo eventual» -con una pena en expectativa de 8 a 25 años- o de «homicidio preterintencional» -de 3 a 6-.

Burlando dijo que apelará

El abogado querellante Fernando Burlando dijo luego de conocida la decisión del Tribunal que van a apelar el fallo en la parte que condenó a 15 años de prisión a tres de los ochos rugbiers como «partícipes secundarios» del crimen y consideró que se hizo «una justicia débil, y una justicia débil no es justicia».

«Esto recién comienza (…) Es el primer paso hacia una respuesta que acaricie el corazón de Fernando», señaló el letrado al retirarse del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Dolores.

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