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Caso Berenice Gonzálvez: agravan la imputación del detenido

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La Justicia consideró agravar la imputación del hombre detenido por la muerte de Berenice Gonzálvez. A la par, detallaron la prueba recolectada

 La Justicia de Victoria emitió un informe con novedades en torno a la muerte de Berenice Gonzálvez. Los fiscales dieron a conocer que se modificó la carátula del caso, agravando la imputación Daniel Castañeda, detenido por el hecho. Los letrados consideran que debe ser apuntado por violación seguida de muerte, cuya expectativa de pena es la cadena perpetua.
Cabe resaltar que por el crimen está detenida también una mujer, cercana a la víctima, sospechada de falso testimonio.

Causa Berenice Gonzálvez: qué dijeron los fiscales

Iván Yedro y Gamal Taleb, los letrados a cargo del caso, comunicaron el avance la investigación en torno al fallecimiento de Gonzálvez con un detalle de las pruebas realizadas y las pericias en curso. Informaron, en ese sentido, no sólo el cambio de carátula, sino que también la realización de exámenes anatomopatológicos, la obtención de registros fílmicos, el análisis de celulares y otros dispositivos secuestrados. Un total de 20 personas ya brindaron testimonio y otras 10 serán citadas en el corto plazo.

«Hemos tomado conocimiento de hechos que se desconocían, principalmente a partir de la observación de nuevas filmaciones y relatos de testigos. Esto nos lleva a la conclusión de que es necesario agravar la figura penal que se le atribuye a Castañeda (que era, vale recordar, suministro de estupefacientes junto con el abuso sexual con acceso carnal calificado por las graves lesiones en la salud física de Berenice). En base a esta prueba novedosa, es nuestro parecer que la correcta figura legal que describe el hecho es la violación seguida de muerte», destacaron Yedro y Taleb.

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Los fiscales apuntaron luego: «Con el mismo objetivo de facilitar la comunicación con el conjunto de la población, aclaramos que -según nuestro punto de vista teórico- este delito no exige que el resultado muerte se haya producido como consecuencia de una acción deliberada o intencional de matar, sino que – al tratarse de un delito cualificado por el resultado- basta la previsibilidad de que el resultado de muerte se produzca como consecuencia del comportamiento previo indiferente del imputado». (Ahora)

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