Mañana será publicado en el Boletín Oficial, donde el Gobierno anunciará que permitirán que transportes puedan establecer sus recorridos y precios.
El Gobierno Nacional publicará mañana en el Boletín Oficial un decreto que desregula el transporte automotor de larga y media distancia, permitiendo a los transportistas establecer libremente recorridos, horarios, precios y duración de los servicios.
Impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, esta medida reemplaza una norma de más de 30 años y busca “liberalizar, modernizar y desregular el transporte automotor de pasajeros, adaptándolo a la dinámica actual”, según informaron desde la cartera dirigida por Franco Mogetta. Además, se creará un Registro Nacional del Transporte de Pasajeros, de acceso público, gratuito y online, con el objetivo de facilitar la gestión y aumentar la transparencia.
Las empresas y transportistas ya registrados no tendrán que volver a hacerlo, mientras que las nuevas deberán registrarse para obtener automáticamente la habilitación para operar en un plazo de 5 días tras la inscripción, aplicando la metodología de “Silencio Positivo” ya implementada por el Ministerio de Desregulación.
Una vez vencido el plazo administrativo, el trámite se considera autorizado, agilizando el proceso. “Es importante destacar que se mantienen las exigencias de seguridad establecidas en la normativa vigente”, aclararon en un comunicado. Con esta norma, se podrán establecer libremente los recorridos, vehículos, horarios, precios, duración de los servicios y puntos de ascenso y descenso de pasajeros autorizados por la jurisdicción local, lo que generará una mayor oferta y competencia en precios.
Las empresas deberán informar sobre su capacidad de transporte, detallando la cantidad y tipo de vehículos, asientos, seguros contratados, lista de conductores y la información sobre sus licencias de conducir, así como la periodicidad de los servicios, origen, paradas intermedias y destino del viaje. No se podrán ofrecer al público servicios no registrados en el Registro Nacional del Transporte de Pasajeros.
La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía será la autoridad encargada de aplicar esta medida, que comenzará a implementarse en 60 días, tras realizar las actualizaciones tecnológicas necesarias.
“El Gobierno Nacional elimina trabas innecesarias, garantiza una mayor liberalización en la prestación del servicio y agiliza los tiempos administrativos, permitiendo la incorporación de nuevos actores al sector. Este cambio beneficiará a los usuarios, quienes disfrutarán de una mayor oferta y competencia en el transporte terrestre”, concluyeron. (La Nación)