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El oficialismo impulsa modificaciones debido al desafasaje que se han producido con los últimos consorcios realizados. Introdujo además nuevo sistema de contratación entre privados. En tanto el FPV habla de «desprotección por parte del municipio hacia los contribuyentes”

 

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En la sesión del HCD del pasado miércoles 14 se aprobó por mayoría la creación de un nuevo sistema de obras de asfalto por contratación privada y las modificaciones al sistema de ahorro previo.

El proyecto elaborado por el Ejecutivo plantea en los considerandos la conveniencia de actualizar  y  mejorar  el  sistema de Ahorro Previo “atento a la situación actual del mismo por las circunstancias heredadas de gestiones anteriores, a fin de no afectar los intereses municipales y facilitar el acceso a los frentistas.”

Asimismo es necesario contar con una “nueva metodología de trabajo con los propietarios frentistas que deseen incorporar pavimento u otras obras de infraestructura a sus barrios a partir de la inversión privada,” garantizándose el adecuado control técnico de las mismas por parte de la Municipalidad y exigiéndose las garantías necesarias a las empresas privadas.

Y agrega que la  nueva modalidad ha sido utilizada en otros municipios con éxito y puede aplicarse en nuestra ciudad rápidamente, promoviéndose la inversión y la mano de obra local.

Entre los argumentos expresados en el proyecto se hace referencia «al desequilibrio financiero actual del sistema de ahorro vigente por ordenanza Nº 89/13, se establece que la presente ordenanza será aplicable a todos los consorcios vigentes y no ejecutados, por el plazo de dos (2) años a contar desde la promulgación de la misma, autorizándose al D.E.M. a prorrogar la excepción por un (1) año más en caso de mantenerse la situación y con debida justificación e informe técnico.

Requisitos para la solicitud del consorcio

En cuanto a los requisitos para la presentación del consorcio la solicitud deberá contener los datos de los frentistas, su firma certificada y aclaración de la misma, y los metros de frente que fueran de su propiedad, teniendo esta nota carácter de Declaración Jurada. En la misma nota se designará un representante ante la Municipalidad del consorcio o sociedad de frentistas.

Se considerarán  los  pedidos  de  conformación  de  Sociedades de Frentistas cuando los mismos representen, por lo menos, el 75% (setenta y cinco por ciento) de la extensión lineal que comprende la obra, computadas ambas aceras sin tener en cuenta las bocacalles. El cómputo respectivo se realizará sobre la base del Catastro Municipal, a la fecha de presentación de la solicitud.

El  precio  de  la  obra  se regirá por unidad fija (U.F.),  equivalente al precio del metro cúbico (m3) de hormigón elaborado H21, obtenido al mejor precio en la última licitación pública adjudicada por la Municipalidad de Crespo, a la fecha de conformación del Consorcio, el que se ajustará periódicamente conforme a ese mismo criterio antes establecido.

Una vez  que los  frentistas hayan abonado el setenta por ciento (70%) del costo total de la obra, el Municipio dispondrá de 30 días para iniciar las mismas, entendiéndose por inicio de obras a los efectos de la presente el procedimiento de compra de materiales para la realización de la misma, si contare con partidas presupuestarias disponibles en el ejercicio, de lo contrario pasará al próximo para lo cual se dispondrán los montos pertinentes.

Podrán abonar sin recargo,  pensionados y jubilados según establece el Artículo 10º, siendo necesario en estos casos presentar los comprobantes respectivos.

En cuanto a la realización de las obras la  ejecución  total  de  la  obra no podrá excederse de los 120 días desde el inicio de la misma, salvo situaciones de caso fortuito y/o fuerza mayor que impidan el normal trabajo.-

En el caso de las  obras  por  administración, en caso que el Municipio no pueda hacerse cargo de la ejecución de las mismas, se podrán tercerizar la realización en todo o en parte de las mismas, sin que esto provoque mayores costos para los frentistas beneficiarios.

Consultado el concejal Carlos Holzeuer del Frente Crespo Nos Une-Cambiemos explicó a FM SOL 107.9 que se analizó la ordenanza vigente con la idea de mejorar el sistema; y al mismo tiempo  recordó que actualmente están vigentes  dos sistemas: por administración y por consorcio.

Existe una cantidad de frentistas que ha llegado al 50 %, la mayoría de los consorcios se estableció una cuota que la ordenanza establece su actualización de acuerdo al precio de hormigón elaborado, “si no actualizamos hay un desfasaje lo que ha generado en parte  la deuda flotante que tenemos.”

Hemos detectado inconvenientes, -remarcó-400 mil pesos cuesta una cuadra de asfalto, sin actualización mas el porcentaje que no se cumple, eso derivó en dos soluciones, elevar porcentaje y el pago de las cuotas llevarla a un 70% para que genere un compromiso mayor y se pueda hacer en tiempo y forma adecuados.”

En lo que respecta a las obras que quedaron pendientes de la gestión de Robles, el edil aseguró que las cuadras de asfalto fueron  construidas  pero  “quedamos en desfasaje porque no pudimos actualizarlo.”

Debido a lo expuesto por Holzeuer desde el oficialismo se propone a los vecinos una tercera alternativa, la contratación directa.

Para acceder a este sistema un grupo de vecinos contrata una empresa, el municipio debe realizar los controles de la obra, hay un contrato entre dos privados.

Si bien el entrevistado reconoció que la mayoría de las obras se han realizado por consorcio, señaló que Crespo ha tenido un crecimiento urbano “descontrolado” y el municipio tiene que responder.  “Hay muchos sectores que están cortadas las cuadras. En esos casos el municipio debe realizar las obras por administración, porque la idea es cerrar el casco urbano pero para eso necesitamos del financiamiento de la Nación hasta tanto esta situación se normalice.”

Por su parte los concejales del Frente para la Victoria expusieron con fuertes cuestionamientos en clara oposición a las modificaciones que se introdujeron a la ordenanza vigente.

“No compartimos la modificación en los valores de los porcentajes exigidos para la conformación (modificándose del 70 al 75%) y sobre el pago total de la obra que habilita al Municipio a ejecutar la obra, elevándose de un 50 a un 70%. Creemos que se extienden los plazos de ejecución de las obras, perjudicando a los vecinos que confiaron en la capacidad operatoria del municipio.”

Además en el Art.20 se establece que los cambios serán aplicables a todos los consorcios que actualmente están vigentes, pero no ejecutados; “violando claramente los derechos adquiridos por los contribuyentes; que firmaron y acordaron determinadas condiciones – establecidas en la Ord.89/13 – y que ahora son modificados sin el correspondiente consentimiento de las partes involucradas.”

En relación al Sistema de Construcción por cuenta de propietarios frentistas con empresas privadas aseguran una “desprotección por parte del municipio hacia los contribuyentes,” ya que solo cumpliría el rol de tercero beneficiado; y trasladando una sobrecarga sobre los mismos.»

No están claros los sistemas de control del Municipio en lo que refiere a calidad de la obra, plazo, garantía y precios, teniendo en cuenta que a la hora de reclamar por posibles daños y perjuicios ocasionados, el Municipio actúa como demandante – al ser tercero perjudicado – no reclamando por los vecinos perjudicados.

Virginia Stricker aludió a expresiones vertidas por el Secretario de Gobierno en comisión que “es un sistema pensado para los sectores con capacidad adquisitiva, lo que se considera “muy alejado a lo que cualquier definición teórica expresa, en relación a que “El Estado debe promover la justicia social y equidad”

Desde el bloque opositor se propuso una normativa desdoblada en dos ordenanzas independientes “no fuimos escuchados, creemos que se trata caprichos o urgencias del Ejecutivo y de empresas a quienes se someten. No vamos a votar ordenanzas que en un futuro sean un gravamen para todos nuestros representados y toda nuestra comunidad.»

Por último el FPV remarcó que con este nuevo sistema el Estado Municipal no está pensando en el contribuyente como actor principal de sus acciones de gobierno, “hay un descorrimiento de las funciones constitucionales que a un gobierno le competen; sin prever un estricto órgano de control y seguimiento; que dé garantías a los frentistas.”

FM SOL 107.9

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