«Todo aquel jubilado que no puede pagar cablevisión o internet puede solicitar el servicio más económico y la empresa prestadora tiene la obligación de entregarle un plan accesible, » afirmó el titular de la OMIC Crespo.
El 1° de enero del corriente año comenzó a regir la Resolución 1467/2020, mediante la cual el gobierno nacional impulsó una Prestación Básica Universal para los servicios de Internet, televisión por cable y telefonía móvil. Esta iniciativa declara a los servicios TIC como públicos esenciales y en competencia, con el objetivo de garantizar el derecho humano de acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones por cualquiera de sus plataformas.
José Luis Fredes encargado de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) aseguró a SOLNoticias que está vigente la Prestación Básica Universal, y todo aquel jubilado que «no puede pagar cablevision o internet puede solicitar el servicio mas económico y la empresa prestadora tiene la obligación de entregarle un plan accesible.»
Para acceder al beneficio la persona debe ingresar a la página del Enacom «descargar un formulario completar con los datos requeridos y firma, y las categorías que corresponde. En el caso de jubilados es categoría B y con ese formulario lo presentan en la prestadora local (Gigared) para recibir el servicio».
Se aclara que la empresa prestadora está obligada a prestar el servicio.En caso que la empresa no garantice la prestación de la PBU, los solicitantes deberán iniciar el reclamo frente a la prestadora.
https://www.enacom.gob.ar/prestacion-basica-universal_p4792
Si persiste el incumplimiento, las y los beneficiarios podrán enviar el formulario online informativo, el cual no reviste carácter de trámite o reclamo oficial, sino de declaración informativa ante ENACOM para el seguimiento de la solicitud.
SOLNoticias