De acuerdo con el artículo 71 del Código Electoral, la veda inicia 48 horas antes de la apertura de los comicios, el domingo a las 8, y termina tres horas después de su cierre. Cuánto dura y qué no se puede hacer durante la restricción.
Quienes no respeten los alcances de la veda podrían enfrentar denuncias o sanciones en caso de violación comprobada del Código Electoral.
Durante la veda, se prohíben actividades como actos de campaña por parte de precandidatos, la venta de bebidas alcohólicas, declaraciones de propaganda política de funcionarios y medios de comunicación, así como la difusión de encuestas electorales.
Además, la venta de bebidas alcohólicas estará prohibida a partir de las 20 horas del sábado 12 de agosto y se reanudará el domingo a las 21 horas.
Otras prohibiciones incluyen la admisión de reuniones de electores o depósito de armas en áreas cercanas a las mesas receptoras de votos, la realización de espectáculos públicos no relacionados con el proceso electoral, la apertura de locales de bebidas alcohólicas y la distribución de boletas de sufragio cerca de las mesas.
También, se restringe la portación de armas y el uso de símbolos electorales por parte de los electores durante el día de la elección. No se permiten actos públicos de proselitismo ni la difusión de encuestas durante el período de veda.