Asimismo, se decidió apartar al Ministerio Público Fiscal en pleno del rol de la acusación en el jury a la funcionaria, por lo que se abre un interrogante en cuanto qué organismo ejercerá la función acusadora.
El Jurado de Enjuiciamiento ya tiene lista la resolución en torno al pedido de jury a la Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción Cecilia Goyeneche, y por estas horas el texto está siendo firmado por los siete miembros que integran el organismo, quienes ya están al tanto de lo resuelto: por 6 votos a 1 se decidió abrirle causa a partir de las denuncias presentadas por los abogados Carlos Reggiardo, primero, y Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet, después por supuesto mal desempeño en su función.
Ahora, la nueva decisión que se tomó es suspender por un plazo de 6 meses a la Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, quien en estos días está al frente de la acusación en el juicio a ex funcionarios por delitos contra la administración pública.
Otra determinación es la de apartar al Ministerio Público Fiscal en pleno del rol de la acusación en el jury a la Procuradora Adjunta. La situación plantea una situación inédita y abre un interrogante: qué organismo suplantará a la Procuración, el órgano que constitucionalmente ejerce la función acusadora, en el proceso que se le abre a la Procuradora Adjunta, publica el portal Entre Ríos Ahora.
Acusación
A Goyeneche se le reprocha su actuación en la causa de los contratos ficticios os en la Legislatura, una investigación penal que se abrió en 2018 y que busca desentrañar si realmente existió una “asociación ilícita” que distrajo millonarias sumas de dinero de las arcas de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, mediante la celebración de contratos laborales con monotributistas que recibían una ínfima parte de lo pactado: el grueso tenía un destino que la pesquisa judicial de momento no pudo determinar. Uno de los investigados, Pedro Eduardo Opromolla, tuvo relación comercial con la Procuradora Adjunta.
Goyeneche estuvo coordinando la investigación de la causa desde el inicio y hasta el 29 de mayo de 2019, cuando se apartó. “Los planteos de recusación, que se apalancaban en las ´noticias´ publicadas en base a la información que construía y hacía circular la propia organización investigada, eran articulados sosteniendo que la suscripta mantenía vínculos comerciales o de sociedad con el imputado Pedro Eduardo Opromolla, lo que, con el pasar del tiempo, fue mutando para pasar a sostenerse en esos artículos de prensa, que mi esposo era socio del estudio contable Integral Asesoría (el que fue allanado el 3/10/18 y sus integrantes -Gustavo Falco, Pedro Opromolla y Guido Krapp, y también el Licenciado en Sistemas Nicolás Beber y el corredor Inmobiliario Renato Mansilla- acusados por el MPF)”, señaló la funcionaria en su momento.
“Durante los años 2010/2016 mi esposo Sr. Luis Sebastián Orlando Bertozzi se desempeñó laboralmente en el estudio de arquitectura de Gastón Grand y José L. Churruarín, en donde se realizaron algunos proyectos de construcción, con la estructura de fideicomisos. Esto condujo a que resolviéramos realizar inversiones en esos proyectos, sobre lo que acompaño documental, no sin antes aclarar que en la maledicente denuncia, se insiste en afirmar -falsamente- que documental vinculada a estos aspectos habría sido secuestrada casualmente en los allanamientos realizados en el estudio contable ´Integral Asesoría´ el día 3/10/18 (queriendo brindarle a sus elucubraciones, un sentido de ´descubrimiento´ de una verdad ocultada). Nada de ello es cierto pues ninguna documental vinculada con estos aspectos fue secuestrada en ningún allanamiento”, dice más adelante.
Respecto a ese punto, señala que adquirió mediante un fideicomiso “el 50% indiviso de la Unidad Funcional sometida al régimen de propiedad horizontal que forma parte del edificio con domicilio parcelario en calle La Paz Nº 236, Unidad Funcional Nº 32, planta 11vo. Piso, superficie exclusiva: 39,83 m2. y Unidad Complementaria Nº III -baulera-, propiedad exclusiva 3,10 m2. El inmueble fue adjudicado por Escritura pública del 14/12/2016 (copia acompañada como prueba 1A)». Luego, agrega: «Posteriormente, en fecha 09/03/2017, adquirí el 50% indiviso restante a al CPN Pedro E. Opromolla, operación realizada por boleto de compraventa, con firma certificada por Escribano Público (Libro de Registros e intervenciones Nº XXX Acta Nº 158, Folio Nº 158 del escribano Humberto Gracia – se acompaña copia como prueba 1B).- La autenticidad y fecha cierta del instrumento se infiere no solo de la certificación notarial sino también de la constancia de pago del sellado correspondiente a dicho contrato, emitida por la oficina fiscal respectiva (ATER). A su vez, la titularidad del inmueble de referencia fue oportunamente denunciada en la respectiva declaración jurada de Bienes Personales (prueba 2C) y la presentada en el Poder Judicial”.
El primer pedido de jury a Goyeneche fue planteado el martes 13 de julio último por el abogado Carlos Reggiardo por su actuación en la causa de los contratos ficticios en la Legislatura.
Además de su remoción, el letrado solicitó que Goyeneche sea suspendida mientras se tramita la causa por presunta falta de idoneidad moral, mal desempeño de sus funciones, e incumplimiento de los deberes a su cargo.
El abogado oriundo de Victoria enumeró una serie de hechos, que respaldó con publicaciones periodísticas. En primer lugar, calificó de grave la actuación de la fiscal en una causa en la que se descubrió que tenía una relación comercial con Pedro Opromolla, uno de los imputados e integrante del estudio contable Integral Asesoría.
En 2019, el Jurado de Enjuiciamiento había resuelto rechazar un primer pedido de enjuiciamiento de Reggiardo contra el Procurador General Jorge García.
Mientras el Jurado de Enjuiciamiento tramitaba la denuncia de Reggiardo contra Goyeneche, hubo una segunda presentación: los abogados Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet presentaron ante el Jurado de Enjuiciamiento sendos pedidos de jury -con la accesoria de apartamiento temporal de sus funciones mientras dure la investigación- del Procurador General de la Provincia, Jorge Amílcar Luciano García, y de la Procuradora Adjunta, Cecilia Andrea Goyeneche.
En un texto de 100 páginas, Pagliotto y Mulet desarrollan sus cargos contra el Procurador y la Procuradora Adjunta, a quienes reprochan mal desempeño, incumplimiento de deberes funcionales y graves desórdenes de conducta, lo que también podría llegar a constituir, eventualmente, conductas tipificadas en el Código Penal, lo cual abriría la posibilidad de iniciar una Investigación Penal Preparatoria a ambos altos funcionarios.
A Goyeneche le endilgan su participación en la causa Contratos en la Legislatura, siendo a la vez socia de uno de los investigados. “Concretamente se acusa a la Dra. Cecilia Andrea Goyeneche por las causales previstas en el art. 15º inc. 6 y 9 de la Ley Nº 9283 y al Dr. Jorge Amílcar Luciano García de estar encuadrado en la causal del art. 15º inc. 4° y 9° de la citada ley -falta de vigilancia del movimiento general de la causa a cargo de su subalterna, y de no ejercer los inexcusables deberes a su cargo al no apartarla para que continuara con la investigación» de la causa Contratos, expediente «del cual objetivamente surgía que tenía intereses y como se desarrolla más abajo en este memorial, comportamiento omisivo que también encuadra en mal desempeño en sus funciones, a tenor del inc. 9 del art. 15º de la ley de enjuiciamiento”.