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El plazo máximo para solicitar el beneficio es hasta el 15 de abril. Cuáles son los requisitos para formalizar el trámite

Los interesados deberán acercarse a la Dirección de Desarrollo Humano, en 25 de Mayo 907, de lunes a viernes de 7:00 a 13:00.

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De acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 74/2021 podrán acceder al beneficio aquellos que cumplan con los siguientes requisitos:

-El monto máximo del ingreso del grupo familiar de jubilados y pensionados no supere el monto de dos (2) jubilaciones mínimas nacionales al 31 de diciembre de 2021.

-Que sean titulares de única propiedad y que no se encuentren en usufructo.

Asimismo se considerarán, previa intervención de las oficinas técnicas correspondientes, los casos no contemplados en el presente inciso y que deban ser incluidos dentro de los beneficios descriptos por situaciones excepcionales. Estos casos serán elevados por el Departamento Ejecutivo Municipal con su correspondiente proyecto de ordenanza e informes técnicos al Concejo Deliberante para su evaluación y posterior aprobación una vez al año, el cual podrá otorgar la exención total del pago de dicho tributo.

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