Para el caso de Entre Ríos, se establecieron remuneraciones mínimas para las actividades de nueces y sus variedades; forestal, algodón; y arreos y remates.
En el caso de las provincias de Buenos Aires y La Pampa, se establecieron nuevos salarios mínimos para las actividades de cosecha, laboreo y empaque de ajo; arreos de ganado y remates en ferias; y horticultura.
En el caso del ajo, el jornal mínimo garantizado será de de $ 7.907,16 desde el 1° de septiembre.
Quienes se desempeñen, en cambio, en la actividad de arreo y ganado, tendrán un jornal de $ 10.338,67 desde el 1° de octubre -tras aumentos en agosto y septiembre- hasta fines de abril próximo.
En lo que respecta a la horticultura, se fijaron tres aumentos: dos retroactivos desde el 1° de junio y el 1° de julio últimos, y otro que regirá desde el 1° de agosto hasta fines de mayo de 2024, además de la obligatoriedad de proporcionar dos mudas de ropa de trabajo por año.
Con este último aumento, los salarios mínimos quedarán entre $ 196.006,88 y $ 244.868,99, según la tarea.
Para el caso de Entre Ríos, se establecieron remuneraciones mínimas para las actividades de nueces y sus variedades; forestal, algodón; y arreos y remates.
En lo que refiere a las nueces, se estipuló un esquema similar de tres aumentos: julio, agosto, septiembre, con este último con vigencia hasta fines de junio de 2024, estableciéndose –asimismo- una bonificación por antigüedad equivalente al 1% por cada año, y de 1,5% por año cuando supere los diez.
Los salarios mínimos, con los sucesivos incrementos, pasarán de rondar entre $ 199.920 mensuales para un trabajador no calificado a $ 271.469,79 para un encargado; a un rango de entre $ 229.908 a $ 312.190,26.
Para la actividad forestal habrá dos aumentos (julio y agosto, con vigencia hasta abril próximo), donde el rango salarial quedará entre $ 259.665,20 para el peón general y $ 326.483,41 para el encargado.
Además, se reglamentó que la jornada no podrá excederse de las ocho horas diarias y de los 44 semanales con pausas para alimentación y descanso; bonificación por antigüedad, y la provisión de dos equipos de trabajo por año de uso obligatorio.
Quienes se desempeñen en la actividad algodonera tendrán tres aumentos: julio, agosto y septiembre, con vigencia –este último- hasta fines de febrero.
Con el último incremento, la suma pasará a ser de $ 96,75 por kilo para los cosechadores y recolectores; estableciéndose sumas adicionales para otros movimientos complementarios y trabajos previos a la cosecha.
Mientras tanto, en el arreo y las ferias, habrá tres aumentos mensuales entre julio y septiembre, a través de los cuales el peón cobrará $ 191.249 mensuales.
En Salta y Jujuy se fijaron salarios mínimos para la cosecha de tabaco; y la manipulación y almacenamiento de granos y cosecha de poroto.
En el caso del tabaco, el aumento (vigente desde julio último hasta septiembre) establece un salario mensual de entre $ 141.719 para el peón y $ 176.996 para el encargado; mientras que, para la segunda actividad, el jornal mínimo garantizado es de $ 6.229,61, también hasta fines de septiembre.
Por último, se establecieron remuneraciones para el personal de la actividad arrocera y de la floricultura y viveros en Corrientes, con aumentos en agosto y en septiembre, esté ultimo rigiendo hasta fines de enero.
Los incrementos dejarán las escalas mensuales en la primera actividad, según tarea, entre $ 185.522 y $ 284.979; mientras que para la segunda serán de entre $ 184.692 y $ 213.271.
Los esquemas de la Comisión también establecen, para la mayoría de las actividades, un adicional equivalente al 10% en concepto de presentismo para los trabajadores que cumplan con su tarea 22 días al mes
En todos los casos, los integrantes del organismo se volverán a reunir, según el caso, entre este mes y noviembre próximo para analizar las posibles variaciones que podrían haber afectado a las escalas salariales y si es necesario realizar algún ajuste.
Las remuneraciones seguirán vigentes, aún vencidos los plazos establecidos, hasta que la comisión se vuelva a reunir y disponga nuevas resoluciones.
La Comisión Nacional de Trabajo Agrario se encuentra integrada por representantes de los ministerios de Economía y Trabajo, de las organizaciones de empleadores, y de la Uatre, por parte de los trabajadores.