Además, a través del proyecto se solicita al Gobierno nacional que revalúe a precio de mercado la energía que se paga a la Represa de Salto Grande a los fines de la liquidación de regalías -de acuerdo a las leyes 15.336 y 24065- y de excedentes -Ley 24.954-.
Los legisladores piden también que “se proceda a la aplicación del artículo 8 de la Ley 24.065 a fines de percibir en energía el equivalente de regalías energéticas, y se proceda a la liquidación en energía del monto equivalente por excedentes de Salto Grande que prevé la ley”.
En los fundamentos se destaca la necesidad de adecuación de los cuadros tarifarios correspondientes a la provisión de energía eléctrica, teniendo en cuenta las distorsiones que se generan en el sistema producto de una administración y disposición indebidas del recurso natural.
“En reiteradas oportunidades y mediante una diversidad de mecanismos legislativos -proyectos de ley, comunicación o declaración- desde este Senado de Entre Ríos se ha sostenido el reclamo por el dominio de Salto Grande fundado en razones históricas, jurídicas y legales”, expresó Giano por lo cual este nuevo proyecto vuelve a reforzar el principio en el que sustentan estos reclamos respecto de los frutos de la materia prima, de las regalías y de los excedentes, a partir del reconocimiento constitucional de dominio originario sobre los recursos naturales de esta provincia.
“Entre Ríos no administra, ni dispone la energía que le es propia, pero además las regalías que se pagan al 12 por ciento, en base a un precio vil diferenciado de las generadoras privadas en más de un 500 por ciento -1.400 sobre 240 pesos-”, explicó Giano y señaló que lo mismo sucede con “los excedentes que emergen del aprovechamiento de Salto Grande, destinado a la reparación de los daños producidos que produce la represa y obras inconclusas que no son remitidos a la Cafesg”.
El legislador indicó que la solución que prevé la Ley 24.065 en su artículo 8 es adecuada a esta situación, ya sea en su aplicación directa como también como criterio cuya extensión al tema excedente vendría a consolidar al menos una solución transitoria que apunte, en principio, a una compensación para avanzar en forma definitiva a la reclamada provincialización de la represa.
Cabe recordar que la Ley 24.065 ofrece una solución al tema de percepción de regalías, en tanto permite que las generadoras reciban energía en una cantidad equivalente al precio que corresponde por tales beneficios. Eso es lo que se solicita en este proyecto, que a los efectos de la entrega de energía -por el porcentaje que corresponde a la provincia- el precio sea equitativo e igual que aquel que se abona a las empresas privadas, toda vez que estas perciben aproximadamente 1.400 pesos el Kilwats cuando a Salto Grande se le abona por el mismo concepto 240 pesos.
La misma solución se plantea en el proyecto para los excedentes que genera el Salto Grande y reconocidos en la Ley 24.954. Esto significa recibir energía por dicho concepto (excedentes) pero sobre el cual se hace la salvedad análoga: que el precio de la energía generada sea equitativo e igual que aquel que se abona a las empresas privadas.
«Con todo ello no solo se haría justicia con todos los entrerrianos al reconocerles sus derechos, sino que también se reduciría el importe que abonan por la tarifa eléctrica y se utilizarían los beneficios para el desarrollo provincial», indicó el legislador.