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Finalmente se disipan las dudas en uno de los organismos claves del gobierno nacional en Entre Ríos, en el que hasta ayer permanecían en funciones las autoridades designadas por el expresidente Alberto Fernández

Mediante el Decreto 156/2024, que lleva las firmas de Javier Milei y la canciller Diana Mondino, fue aceptada la renuncia de Luis Benedetto a la presidencia de la Delegación Argentina ante la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande, a la par que se designó al reemplazante.

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El elegido es “embajador extraordinario y plenipotenciario”. Se trata de Alejandro Carlos Daneri.

El diplomático tuvo participación en las gestiones de los expresidentes Carlos Saúl Menem y Mauricio Macri.

En efecto, Daneri fue director de Ceremonial de la Presidencia en la última etapa del gobierno del riojano, mientras que en 2016 Macri lo designó al frente de los Cascos Blancos.

El decreto completo

Decreto 156/2024

DECTO-2024-156-APN-PTE – Desígnase Presidente.

Ciudad de Buenos Aires, 19/02/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-04078842-APN-DGD#MRE, el Convenio del 30 de diciembre de 1946 aprobado por la Ley N° 13.213 y los Decretos Nros. 132 del 2 de febrero de 2004 y 314 del 26 de marzo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que la REPÚBLICA ARGENTINA y la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY suscribieron el Convenio Relativo al Aprovechamiento de los Rápidos del Río Uruguay en la Zona del Salto Grande, aprobado por la Ley N° 13.213, a los efectos de obtener el mayor beneficio de las ventajas naturales que ofrece el Río Uruguay en la zona de Salto Grande, para el desarrollo económico, industrial y social de ambos países.

Que el artículo 2° del Convenio mencionado prevé que las Altas Partes Contratantes acuerdan designar y mantener una COMISIÓN TÉCNICA MIXTA compuesta de igual número de Delegados por cada país, la que tendrá a su cargo todos los asuntos referentes a la utilización, represamiento y derivación de las aguas del Río Uruguay.

Que, por otra parte, a través del Decreto N° 132/04 se determinó la metodología de integración de la Delegación Argentina ante la COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE y se estableció que la SECRETARÍA DE ENERGÍA, dependiente del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, actualmente del MINISTERIO DE ECONOMÍA, propondrá DOS (2) de los integrantes de la citada Delegación Argentina, y que corresponde la Presidencia de la misma a UNO (1) de los funcionarios que la integren en representación del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que por el Decreto N° 314/20 se designó Presidente de la Delegación Argentina ante la COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE al ingeniero Luis Alberto BENEDETTO, quien presentó su renuncia a dicho cargo, por lo que resulta necesario proceder a su aceptación.

Que, atento lo expuesto, el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO propone la designación del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Alejandro Carlos DANERI en carácter de Presidente de la Delegación Argentina ante la citada COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han tomado intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el marco de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Acéptase la renuncia presentada por el ingeniero Luis Alberto BENEDETTO (D.N.I. N° 10.699.353) al cargo de Presidente de la Delegación Argentina ante la COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase Presidente de la Delegación Argentina ante la COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Alejandro Carlos DANERI (D.N.I. N° 12.009.436).

ARTÍCULO 3°.- La presente medida no genera erogación presupuestaria adicional alguna al ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI – Diana Mondino, publicó El Entre Ríos. (APFDigital)

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