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Tras los abusos reiterados contra una niña de 6 años, el locutor cometió dos nuevos ataques contra otras mujeres y fue condenado. Cumpliría la pena única de 19 años de cárcel, si el juez homologa el acuerdo de juicio abreviado.

Un locutor de 38 años, que se desempeñaba en la profesión en una pequeña localidad entrerriana, cercana a Paraná, acordó cumplir la pena única de 19 años de cárcel. O.F., alias Williams, actualmente está detenido en la Unidad Penal N°1 de Paraná.
El acuerdo de juicio abreviado que presentaron ante el juez del Tribunal de Juicios la fiscal María Florencia Acuña, y el defensor, Claudio Berón, comprendió dos hechos cometidos durante las vacaciones de invierno de 2000 contra una nena de 6 años que padece de hipoacusia.

Condena
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Sin embargo, el locutor fue condenado por dos hechos que cometió años después del ataque contra la niña. En la audiencia que se celebró el lunes, las partes acordaron tres años de cárcel por un hecho y solicitaron la prescripción de la acción penal por otro. La escala penal en abstracto correspondiente a los delitos imputados parte de mínimo de ocho años y un máximo 27 años y seis meses de prisión. El viernes 22 se conocerá la resolución del juez.

Acusación

El locutor fue imputado de los delitos de Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por encontrarse a cargo de la guarda de la víctima, primer hecho, y Abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, segundo hecho, en concurso real. Fue acusado de abusar sexualmente de la niña entre seis y ocho veces. La acusación destacó que el condenado aprovechó que la madre de la víctima atravesaba un difícil momento en lo personal y bebía, circunstancia que era utilizada por el hombre.

Unificación de penas

El imputado, OF acordó cumplir 19 años de prisión. La pena es comprensiva de una anterior dictada por el Juzgado Correccional N° 1 de Paraná, que el 30 de agosto de 2016 le impuso tres años de prisión condicional por el delito de Abuso sexual simple, y de otra impuesta por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, que lo condenó el 28 de febrero de 2018 a la pena de 16 años de cárcel, en una condena comprensiva de la anterior, respecto de la cual le fue revocada la condicionalidad.

Prescripción

A la hora de abordar la extinción de la acción penal se precisó que los hechos no se encontraban prescriptos. No obstante, respecto de uno de los hechos abordados en el abreviado se consideró que «de acuerdo al delito imputado, la escala penal prevé una pena máxima de cuatro años de prisión. En consecuencia, en un principio el plazo de prescripción comenzó a correr en el año 2000 (fecha de comisión del hecho), pero luego fue interrumpido por los hechos de abusos cometidos entre los años 2000 a 2007 (por el cual fue condenado por el delito de Corrupción de menores)». Así, se precisó que «por ende, si computamos el plazo de cuatro años desde el 1 de enero de 2008, advertimos que la acción penal respecto al hecho por el cual se le imputó al acusado la conducta de Abuso sexual simple reiterado prescribió el 1 de enero de 2012».

Admitió dos hechos

En el abreviado que se presentó el lunes, el locutor reconoció que fue el autor de dos hechos. El primero, consistente en haber abusado sexualmente, en reiteradas ocasiones, de una nena de 6 años, aprovechándose de la relación de amistad que tenía con la familia de la pequeña y de que ésta era «hipoacúsica y no se expresaba verbalmente con normalidad».
El otro hecho, consistió en que intentó violar a la niña pero no pudo lograrlo por la contextura física de la víctima. Este delito fue calificado como Abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, en virtud de que el acusado «llevó a cabo actos demostrativos de su intención de ‘acceder con la carne’, concretamente con su pene, a la víctima, sin lograrlo», señaló El Diario.

Al registro
El acuerdo comprendió la inscripción de la sentencia en el Registro de Defensa de la Integridad Sexual (Redis) y la incorporación del perfil genético en el Registro Provincial de Datos Genéticos (Rpdg). El condenado dio su conformidad para que se proceda a la extracción de material biológico consistente en una muestra de sangre o saliva.

 

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