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El organismo recaudador suprimió este martes la exigencia de inscribirse en el RUCA para determinados operadores del sector.

 

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó este martes la obligación de inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) para determinados operadores que desarrollan actividades de compraventa de granos y derivados para consumo propio.

Según informaron oficialmente, la medida se tomó como parte de las acciones del Gobierno nacional “para impulsar el comercio y la producción mediante la simplificación de trámites y la reducción de la carga administrativa de los contribuyentes”.

Por medio de la Resolución General 5558/2024, publicada en el Boletín Oficial, el organismo conducido por Florencia Misrahi dio de baja la obligación de inscripción en el RUCA para ciertos sujetos que desarrollan actividades de compraventa de granos y derivados para consumo propio.

Esta actualización facilita “la integración y el acceso a los sistemas de información, promoviendo una mayor eficiencia en la gestión de las liquidaciones”, según indicaron desde el ente recaudador.

En cuanto a la fiscalización, la AFIP aseguró que mantendrá sus facultades de verificación y control para asegurar el cumplimiento de las normativas vigentes.

“La permanencia de estos contribuyentes en el régimen estará condicionada a la conservación de sus respectivas categorías como operadores en la cadena de comercialización de granos”, explicaron por medio de un comunicado.

Otras simplificaciones implementadas por la AFIP

En ese marco, la AFIP recordó que recientemente suprimió requisitos documentales y logró simplificaciones aplicadas para varios trámites y sectores productivos.

Recientemente, se eliminó la necesidad de contar con el comprobante denominado “Hoja de ruta yerbatera” y del “Libro de Movimientos y Existencias”, mediante el cual los molinos, secaderos y/o depósitos ya no tendrán que registrar de forma obligatoria los ingresos, egresos y existencias de dichos productos.

También se quitó la automatización del cálculo del importe fijo correspondiente al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP). Como así también la obligación de registrar los contratos de alquiler ante el organismo. Solo queda vigente para acceder a beneficios fiscales.

También mencionó la eliminación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI) y del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), el documento que debía emitirse al vender un automotor.

Asimismo, la AFIP subrayó que se redujeron, de 5 a 2, las declaraciones juradas que deben presentar los establecimientos rurales con el resultado de la producción de la cosecha.

Entre las regulaciones suprimidas por la AFIP, también se encuentran el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF), como pasos previos para comprar mercadería del exterior.

Por último, se eliminó el Registro de Exportadores de Carbón Vegetal (RECAR) y se simplificó el registro de trabajadores. Mediante la aplicación “Mi AFIP”, se puede dar de alta un trabajador ingresando solo 7 datos.

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