Comprende actividades individuales y un máximo 10 personas. Se aplicarán sanciones a quien incumplan con los protocolos aprobados por la provincia
En la sesión del miércoles 12, el Concejo Deliberante de Crespo aprobó por unanimidad de ambos bloques algunas recomendaciones sugeridas por decreto del Ejecutivo Municipal en el marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio
En el articulado del Decreto 142/20 se establece que sólo podrán realizarse actividades físicas y deportivas, individuales, con un número mínimo de 10 participantes y solo para entrenamiento.
A saber: bochas, tenis de mesa, ajedrez, atletismo, automovilismo, motociclismo, beach voley, patín artistico, carrera, gimanasia deportiva, natación, esgrima, padel y pelota a paleta en cancha cerrada.
Queda establecido que dichas actividades deberán regirse por los protocolos elaborados por la autoridad provincial y que el incumplimiento de las mismas será sancionado con una multa que oscila entre 6.000 a 60.000 según corresponda.
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