Se mantienen servicios básicos, de acuerdo a las recomendaciones del Comité Organización de Emergencia de Salud. Prórrogas hasta el 24. Quiénes están exceptuados.
El gobernador Gustavo Bordet dispuso el mantenimiento de los servicios en la Administración Pública Provincial durante el período del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia del Covid-19 Coronavirus, a través del decreto Nº 603.
El documento prorroga hasta el 24 de mayo, el adicional dispuesto al personal de Salud, Policía, Servicio Penitenciario, comedores Escolares y Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf), afectado atender la emergencia sanitaria por coronavirus.
La norma garantiza, en función de las obligaciones del Estado en el marco de esta pandemia, el mantenimiento de los servicios básicos en la administración pública entrerriana, de acuerdo a las recomendaciones del Comité Organización de Emergencia de Salud.
El decreto faculta a los ministros, secretarios de Estado y al secretario General de la Gobernación, mediante el dictado de resoluciones, a establecer las medidas necesarias a fin de garantizar el funcionamiento de sus dependencias en el período referido, pudiendo disponer en sus ámbitos las modalidades bajo las cuales prestarán los servicios los agentes responsables, así como los lineamientos a seguir para la atención de situaciones extraordinarias y/o de urgencia que se susciten, debiendo garantizarse la prestación de servicios en las Direcciones de Asuntos Jurídicos, Servicios Contables y Despachos de cada jurisdicción.
Por otra parte, el decreto regula que el personal en guardia pasiva, es decir, aquel que no está afectado al cumplimiento de tareas presenciales en los lugares habituales de prestación de servicios, deberá estar disponible en caso de ser requerido por la superioridad.
A través de la norma, se dispensa además, la asistencia a sus lugares de trabajo a las personas de 60 años o mayores, o con factores de riesgo, salvo las declaradas personas esencial o afectadas a actividades críticas o de prestación de servicios indispensables.
Esta dispensa se computará como tiempo de servicio, sin que ello afecte la percepción íntegra de haberes, incluyendo al personal que se encuentre en guardia pasiva.
Por último, invita a los titulares de los Entes Descentralizados, a los Poderes Legislativo y Judicial, a los municipios y comunas a adoptar medidas análogas.