El Ministerio de Salud de Entre Ríos expulsó de sus filas a un trabajador que fue condenado a cuatro años de prisión por abuso sexual simple, agravado por el vínculo. La cesantía alcanzó a Emanuel Jordan, quien prestaba servicio en el hospital Colonia de Salud Mental de Diamante. El agente fue condenado en dos oportunidades: en 2016 recibió una pena condicional y en 2020 fue enviado a la Unidad Penal N° 1 de Paraná. De acuerdo al decreto, ya se encuentra libre por haber cumplido la pena.
Según registró UNO, a través del decreto N° 188, firmado por la ministra Sonia Velázquez, se informó que se dio por finalizado el sumario administrativo contra el empleado y se dispuso su cesantía. Es decir, su expulsión del Estado. La resolución está fechada el 7 de febrero de este año pero se conoció este 23 de junio.
En los fundamentos de la medida, se indicó que las actuaciones se inician el 15 de mayo de 2019 con el informe suscripto por la Directora del Hospital “Colonia de Salud Mental” de Diamante, informando situación del agente, ya que no estaba concurriendo a trabajar «debido a encontrarse cumpliendo prisión preventiva».
Más adelante, Salud dispuso la apertura del sumario mediante el decreto N° 259. Se le endilgó al trabajador estar incurso en la causal de cesantía que estipula el artículo 71° Inciso f) de la Ley 9755 -Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, que reza: “Sentencia condenatoria firme por un delito doloso no referido o la Administración Pública, cuando por sus circunstancias afecte el prestigio de la función o del agente”.
En el sumario, al ser una investigación administrativa, se recolectaron los testimonios de las autoridades del nosocomio diamantino. En esa instancia, la directora comentó que «el sumariado se desempeñaba en el área de Servicios Generales y la condena tuvo repercusión en el nosocomio dado que se había autorizado al mismo a ir a trabajar con tobillera electrónica y custodia. Si bien nunca se hizo, en su momento motivó quejas de sus compañeros de trabajo, agregando que la condena entiende resulta perjudicial a la imagen del Hospital, en razón del delito aberrante que cometiera».
En los fundamentos, se destacó que «puede afirmarse sin hesitación que los hechos reprochados al encartado en el presente procedimiento han quedado debidamente acreditados en el curso de la presente investigación sumarial».
Se subrayó que «corresponde acoger los términos de la sentencia de fecha 03/09/2020, dictada en las actuaciones: Legajo N° 9562 ‘Jordan Emanuel s/ Abuso sexual agravado por el vinculo’, en trámite ante el Tribunal de Juicio y Apelaciones de la ciudad de Paraná, por la cual se condenara al sumariado a la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo, declarándoselo autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple, agravado por el vínculo, en la modalidad reiterado».
Más adelante, se precisó que el sumariado, al momento de la firma del decreto (febrero), estaba cumpliendo condena de prisión efectiva en la Unidad Penal N° 1 de Paraná. Se agregó que el ahora ex agente finalizaría su condena el 3 de abril de este año. Por lo tanto, en la actualidad se encuentra libre.
Además, en el decreto se recordó que Jordan fue condenado anteriormente, el 20 de septiembre de 2016, a tres años de prisión condicional por el «delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo (segundo y tercer hecho) y desobediencia judicial (cuarto hecho) en concurso real; por lo que ante un nuevo hecho diverso se revocó la condicionalidad de aquello pena, unificándose en los cuatro años que se mencionaran».
Finalmente, la cartera sanitaria remarcó que «no debe perderse de vista que los empleados públicos tienen el deber especial de realizar una observancia estricta de la ley» por lo que «resulta justo y equitativo, aplicar una medida disciplinaria expulsiva de los cuadros administrativos del Estado, al agente Emanuel Jordan».