La medida, que entró en vigencia este miércoles a partir de publicación en el Boletín Oficial de la Resolución Senasa 115/2024, determina que la totalidad de los equinos deberán tener vigente la vacuna.
La medida, que entró en vigencia este miércoles a partir de publicación en el Boletín Oficial de la Resolución Senasa 115/2024, determina que la totalidad de los equinos deberán tener vigente la vacuna, y que aquellos que no hubieran recibido la primera dosis de la vacunación deberán hacerlo dentro del plazo de 10 días luego de publicada la norma.
La nueva normativa también establece que cada equino deberá contar con el certificado de vacunación a fin de acreditar la vacuna, que deberá ser emitido con firma y sello de un veterinario matriculado que actúe de forma particular o a través de un ente sanitario registrado en el Senasa.
Además, el certificado tendrá que expresar los datos de interés que identifiquen al animal involucrado y la información de la vacuna aplicada.
Respecto de las condiciones de inoculación, en los primovacunados se deberá implementar un refuerzo en los plazos estipulados, según prescripción del laboratorio elaborador.
Una vez completado el esquema de primovacunación y refuerzo, la revacunación se efectúa de forma anual.
Cabe destacar que esta nueva medida tiene como objetivo evitar los efectos negativos del virus, preservando el bienestar animal y minimizando las pérdidas productivas para el sector implicado, destaca el texto oficial.