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Teniendo en cuenta que la pandemia de Covid-19 ha afectado a muchos comerciantes y emprendedores locales en el normal desarrollo de sus actividades, la Municipalidad estableció, a través de la Ordenanza 279-2020, la eximición del pago de la Tasa de Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis para aquellos que se han visto imposibilitados de trabajar por motivos de enfermedad o aislamiento vinculados al Coronavirus Covid-19.

La normativa establece que se exime del pago de una cuota de la Tasa de Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad a aquellas personas contagiadas de COVID 19, así como aquellas catalogadas como contactos estrechos, que, habiendo interrumpido por ello sus actividades, presenten por Mesa de Entrada de la Municipalidad la correspondiente solicitud, acompañada de certificado médico u otro documento que lo compruebe.

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La eximición será por un periodo, y se hará efectiva para el periodo en que se presenta la solicitud o, si este ya hubiera sido abonado, para el siguiente periodo.

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