Con el voto positivo de siete integrantes, el Concejo Deliberante de Valle María aprobó la ordenanza que declara la obligatoriedad de la limpieza de veredas, patios de viviendas y terrenos baldíos.
El texto indica que serán solidariamente responsables los propietarios y los locadores, poseedores y tenedores.
La ordenanza habilita al municipio para identificar la infracción, labrar un acta y notificar al vecino para que, en el plazo de cinco días corridos, realice la limpieza, desocupación o remoción de materiales y elementos existentes en el terreno.
Para los casos donde se incumpla con lo dispuesto, el Ejecutivo enviará las actuaciones a la Oficina de Juzgamiento de Faltas y podrá ejecutar los trabajos de limpieza con personal propio o a través de terceros, cuyo costo deberá ser absorbido por los responsables.
En aquellos terrenos que no cuenten con cerco perimetral, la municipalidad podrá ingresar libremente a los mismos con el objeto de realizar los trabajos. En caso de baldíos con cerco o patios de viviendas sin la limpieza adecuada, se solicitará la correspondiente autorización judicial para cumplir con lo dispuesta en la ordenanza.
Costos de la limpieza
Quedó establecido que en los casos en que el municipio ejecute el trabajo, todos los gastos que demanden la gestión y ejecución serán liquidados al vecino y deberán abonarse dentro del plazo de quince 15 días hábiles. El simple corte de pasto con motoguadaña o tractor, tendrá un costo de $ 158.95 (Pesos ciento cincuenta y ocho con noventa y cinco) por metro cuadrado; el corte de pasto y arbustos bajos, menor a dos metros de altura, con motosierra, motoguadaña y/o tractor, tendrá un costo de $ 529,86 (Pesos quinientos veintinueve con ochenta y seis) por metro cuadrado. En presencia de árboles más altos, el costo será de $ 1.589,58 (Pesos mil quinientos ochenta y nueve con cincuenta y ocho) por metro cuadrado.
El objetivo impostergable, es que podamos vivir en una ciudad más limpia, en correcto estado de higiene y salubridad. Lograrlo, es responsabilidad de todos.