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La defensa de Robles, Winderholler y Waigel presentó un recurso extraordinario para que la causa sea analizada por el máximo tribunal penal provincial, pero la misma Cámara se lo denegó. De inmediato, introdujo un recurso de queja directamente ante la Sala Penal del STJ

La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) hizo lugar al recurso de queja interpuesto por los abogados defensores del exintendente de Crespo, Ariel Robles (PJ); su exsecretaria de Hacienda y Economía, la contadora Leonor Evangelina Winderholler; y el exsecretario Gobierno, Jorge Jesús Waigel, quienes batallan desde 2016 en una causa en la que se los acusa del delito de peculado (utilizar recursos del Estado en provecho particular).

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La causa comenzó a tramitarse tras la denuncia del actual intendente de Crespo, Darío Schneider (Juntos por el Cambio). Los tres exfuncionarios municipales fueron juzgados en marzo de 2021 por ese delito, que según la Fiscalía consistió en haber realizado acciones de ayuda social como forma de captar votos en el marco de una campaña electoral entre 2014 y 2015.  El Tribunal de Juicio -integrado por Pablo Vírgala, Gustavo Pimentel y Alejandro Grippo- los absolvió de culpa y cargo.

Sin embargo, las absoluciones fueron anuladas el 19 de noviembre de 2021 por la Cámara de Casación Penal de Paraná, que dispuso remitir las actuaciones a la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) a fin de que un nuevo Tribunal dicte una nueva sentencia.

En esa resolución, la camarista Marcela Davite señaló que “el razonamiento de la sentencia no sigue una cadena inferencial, pasa de una argumento a otro, haciendo conclusiones parciales que luego no se relacionan entre sí y descarta elementos de juicio relevantes sin justificación alguna”.

Contra ese fallo, la defensa de Robles, Winderholler y Waigel presentó un recurso extraordinario para que la causa sea analizada por el máximo tribunal penal provincial, pero la misma Cámara se lo denegó. De inmediato, la defensa técnica introdujo un recurso de queja directamente ante la Sala Penal del STJ.

Según supo este medio, el 24 de mayo la Sala Penal del STJ, por mayoría, aceptó el recurso de queja y pasó a revisar el fallo de Casación que anuló las absoluciones. Los vocales Daniel Carubia y Claudia Mizawak votaron a favor del planteo defensivo, mientras que Miguel Ángel Giorgio lo hizo en disidencia.

El recurso de queja había sido interpuesto por los abogados Miguel Ángel Cullen y Julián Pedrotti, en ejercicio de la defensa técnica de Robles, Winderholler y Waigel.

El vocal Carubia señaló en su voto que «si bien es cierto que la decisión casatoria del fallo absolutorio no constituye, en principio, una decisión definitiva, la circunstancia de importar la renovación de actos de un proceso penal por hechos acaecidos entre diciembre de 2014 y septiembre de 2015 -más de siete años atrás- y que la impugnación denegada contribuye a una aún mayor elongación del tiempo -ya desmedido- de sometimiento de los imputados al proceso, sumado a que ella se sustenta básicamente en la atribución de arbitrariedad del pronunciamiento que intenta poner en crisis, lo cual permite equipararla, por sus efectos, a una sentencia definitiva y habilitar su posibilidad de acceso a la instancia extraordinaria».

«Por lo demás, contrariamente a lo consignado por el tribunal a quo, el recurso explica acabadamente las razones que fundamentan la atribución del vicio de arbitrariedad, invocando desconocimiento de fundamentos y pruebas del Juicio por parte de la Casación, autónoma interpretación parcial de la prueba carente de inmediación para ello, alterando la efectuada directa e inmediatamente por el Tribunal de Juicio y excediendo incluso la pretensión impugnativa del Ministerio Público Fiscal, para establecer pautas propias de interpretación de hechos y prueba que no deja margen de independencia al tribunal destinatario del reenvío; argumentos que reitera aquí el quejoso, con parcial transcripción de los mismos, confrontándolos con los fundamentos del fallo, para demostrar la viabilidad de su planteo recursivo y no se trata de una simple reiteración de argumentos ya tratados y resueltos, sino la ilustración de las razones fundantes de la arbitrariedad invocada y, consecuentemente,
la sinrazón de la denegatoria que pretende revertir, lo cual pone de relieve que la queja bajo examen exhibe fundamento suficiente de la errónea denegación de la impugnación extraordinaria articulada», completó.

Casación anuló la absolución y exintendente de Crespo debe volver a juicio

Planteos defensivos

En su recurso, los defensores de los exfuncionarios municipales adviritieron que el fallo de Casación  «pretende enmarcar la investigación como hecho grave porque se podría estar frente a desvíos de fondos que no llegarían a la ayuda social -ya que ello no fue enarbolado por la Fiscalía y el propio denunciante expresamente lo descartó- y cuando entiende que la ayuda social del Estado es una donación».

Expresaron además que «de permitirse el reenvío a un nuevo tribunal, el juicio a llevarse a cabo violaría la prohibición de doble persecución penal y repudiaron que el fallo casatorio que no vio ninguna prueba indica qué debe hacerse con ella y cómo fallar, convalidando la fuertemente cuestionada investigación fiscal».

Aludieron «al aporte de prueba sesgada y parcializada por el denunciante», es decir, el actual intendente Darío Schneider. También equipararon a sentencia definitiva la decisión casatoria alegando la violación al plazo razonable (ya que se investigan conductas de diciembre de 2014 y septiembre de 2015) y a un juicio objetivo e imparcial.

Los defensores citaron varios pasajes de la resolución del Tribunal de Juicio que absolvió a los acusados el 22 de marzo de 2021. Entonces, el Tribunal señaló que «de los testimonios recibidos en debate pudimos entrever que la documental aportada por la denunciante no resultaba confiable» y advirtió que existió «la orden de buscar aquello que pudiera comprometer a Robles». También se hizo notar que la gestión entregó información incompleta a la contadora de la Universidad Nacional del Litoral (UNL), quien realizó la auditoría que sirvió para denunciar al exintendente.

Asimismo, el Tribunal sostuvo que «los imputados se movieron siempre dentro de un sistema informático y administrativo transparente que permitió que el denunciante pudiera reconstruir todas las operaciones observadas. No se gastó por fuera de la partida presupuestaria asignada, no se compró sistemáticamente en forma directa por encima de los montos permitidos, los funcionarios tomaron intervención cuando les correspondía y el material se entregó a los solicitantes».

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.

 

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