- Publicidad -


Mediante la firma de un ‘Convenio de Colaboración’, se donó un inmueble de propiedad municipal a la ‘Fundación Rayito de Sol’, perteneciente a  la Congregación Evangélica Crespo

Dicho inmueble está ubicado en el Barrio Parque del Lago y tendrá como finalidad la construcción de  un centro educativo de nivel inicial, primario y secundario.

- Publicidad -


El proyecto tendrá tres etapas: el traslado de la actual Unidad Educativa Nº 211 ‘Rayito de Sol’, la creación de una Escuela Primaria y posteriormente de una Escuela Secundaria.

La firma del  convenio se realizó el jueves 28 de marzo, de cual participaron representantes de la Fundación, comisión directiva de la Iglesia Evangélica del Río de la Plata y autoridades municipales.

Sergio Stürtz (presidente de la Fundación Rayito de Sol); Sonia Müller (secretaria de la Fundación Rayito de Sol); Darío Dorsch (pastor de la Iglesia Evangélica del Río de la Plata, Congregación Crespo),  Darío Schneider (intendente); Julián Maneiro (secretario de Gobierno); demás integrantes del equipo de gobierno municipal, de la comisión directiva de la Iglesia Evangélica del Río de la Plata y docentes del establecimiento educativo.

El intendente destacó el acompañamiento que se realiza desde el ámbito municipal «venimos trabajando durante estos tres años con las instituciones de la ciudad, educativas, deportivas, etc, en las diferentes iniciativas que tienen; y cuando surgió la idea de “este proyecto amplio y muy lindo, inmediatamente decidimos ponernos en marcha para trabajar en conjunto y concretarlo”.

El crecimiento y desarrollo de la ciudad demanda nuevas instituciones educativas. En ese contexto agregó “la base ya está” en alusión a la existencia del Jardín ‘Rayito de Sol’. Ahora debemos «incrementar y hacer crecer este proyecto, porque todos conocemos la trayectoria de esta Unidad Educativa porque hemos traído a nuestros niños a esta institución”.

Asimismo felicitó por “el esfuerzo y compromiso con la idea” y reafirmó la decisión de apoyo hacia la fundación y la congregación, «acá vamos a estar todos acompañando esta iniciativa para concretar esta unidad educativa”.

Por su parte el presidente de la Fundación Rayito de Sol y de la comisión directiva de la Congregación Evangélica Crespo de la IERP, Sergio Stürtz remarcó el reconocimiento del municipio que llega en un momento «donde estábamos limitados en cuanto al espacio físico”. Además valoró la decisión de trabajar en forma conjunta y contar con el terreno propio, porque eso «nos generará la posibilidad de evolucionar en los niveles y proyectar a futuro”.  “La iglesia, en el caminar de la vida, va siempre predicando y sembrando hacia el futuro, aportando lo que la humanidad necesita desde lo cristiano. Con este proyecto estamos haciendo un camino, para recorrer juntos con la comunidad de Crespo”.

A su turno el pastor Darío Dorsch expresó que el jardín ‘Rayito de Sol’ cuenta con una “trayectoria larga y muy conocida” y que este hecho “permitirá dar un salto importante, lo que demandará un gran esfuerzo”.

Ubicación

El inmueble es de propiedad municipal: Matricula Nº 121.511, Partida provincial Nº 137.293, con una superficie de 4.225,10 m2 según plano mensura Nº 199.682. Está ubicado en la manzana 645, en calle Dr. René Favaloro s/Nº (entre calles Arturo Jauretche y María Elena Walsh).

Texto del convenio

El ‘Convenio de Colaboración’ es sujeto a algunas cláusulas y términos. En ese sentido las partes manifiestan y declaran: Que todos los habitantes gozan del derecho de enseñar y aprender conforme a nuestra Constitución Nacional y Provincial. Que ambas partes contribuyen y desean promover el ejercicio real y efectivo del derecho a la educación de todas las personas (niños, adolescentes y adultos) a través de diversas acciones y programas.Que la Congregación Evangélica de Crespo ha resuelto constituir una persona jurídica de bien común que tiene como nombre Fundación Rayito de Sol, la cual tiene como objetivo administrar los bienes y planificar todo lo concerniente a la educación en todos sus niveles como así también, dentro del marco del Evangelio de Jesucristo, educar en un ámbito de respeto y diversidad de credos de los alumnos que ingresen a los establecimientos en que se impartirá la enseñanza, conforme surge de su Estatuto instrumentado por Escritura Pública Nº 139 del 28 de octubre de 2018.

Bajo esas cláusulas y términos, las partes acordaron la donación del inmueble detallado por parte del municipio; y la obligación de la fundación a cumplir el proyecto presentado en un plazo de cinco años para la concreción de la primera etapa. El plazo podrá ser prorrogado, previa justificación de los avances realizados.

El presente convenio se suscribe ad referéndum y sujeto a la condición de aprobación respectiva del Concejo Deliberante de Crespo, que es quien mediante la ordenanza correspondiente autorizará la escrituración en donación con cargo, conforme lo establece la ley Nº10.027 y sus modificatorias.

La Ley Nº 10.027 en su Título XV ‘De las corporaciones Municipales como Personas Jurídicas’ establece: Art. 176.- Las corporaciones municipales como personas jurídicas, responden de sus obligaciones con todas sus rentas no afectadas a servicios públicos o en garantía de una obligación. La afectación para ser válida, será previa a la acción de los acreedores y sancionada por  Ordenanza. – Art. 177.- Los inmuebles de propiedad municipal afectados a un uso o servicio público o destinado a esos fines por ordenanza o leyes, no se considerarán prenda de los acreedores de la Corporación ni podrán ser embargados. Art. 178.- Cuando las corporaciones municipales fueren ordenadas al pago de una deuda solo podrán ser ejecutadas en la forma ordinaria y embargada sus rentas hasta un veinte por ciento. Por ordenanza podrá autorizarse un embargo mayor, que no podrá superar el treinta y cinco por ciento de sus rentas.

FM SOL 107.9

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here