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El accidente ocurrió en septiembre pasado. La víctima fatal, de 22 años, era arquero del Club Atlético María Grande. Otro joven, sufrió lesiones graves. El conductor deberá cumplir reglas de conducta e hizo reparación económica al herido

La noticia del siniestro vial que se cobró la vida de Luciano Gaspar Ríos, de 22 años, conmocionó a la localidad de María Grande, de donde era oriunda la víctima fatal que se desempeñaba como arquero del Club Atlético María Grande. El juez de Garantías N°3 de Paraná, Ricardo Bonazzola, resolvió otorgar la Suspensión del juicio a prueba o Probation (por su nombre en inglés), a Francisco Ciarroca, de 22 años, que en la madrugada del sábado 10 de septiembre conducía una camioneta Chevrolet S10, en la que se trasladaba junto a Ríos y Brian Joaquín Carrizo, también oriundo de María Grande, que sufrió lesiones de carácter grave que ameritaron su internación.
La camioneta se desplazaba en sentido norte-sur por ruta 32, desde Hasenkamp hacia María Grande, cuando volcó sobre la mano derecha. Ciarroca fue imputado por el delito de Homicidio y Lesiones graves imprudentes por la conducción antirreglamentaria del vehículo automotor, en concurso ideal.

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Acuerdo
El juez homologó el acuerdo al que arribaron la fiscal, Patricia Yedro, y el defensor público, Fernando Callejo, consistente en la Suspensión del juicio a prueba por el término de tres años, período en el que deberá realizar normas de conducta por el término de 96 horas por año.
También se acordó una reparación económica consistente en la suma de 60.000 pesos por el término que dure la atención kinesiológica de Carrizo. En este sentido, se refirió que se inició la acción civil contra la aseguradora. En la audiencia, la fiscal informó que se comunicó con los padres de las víctimas quienes manifestaron estar de acuerdo con la salida alternativa acordada.

Obligaciones
Bonazzola le impuso al ahora probado, la “obligación de realizar el curso de concientización vial en la institución y en modo y lugar que la Oficina de Medios Alternativos de Conflicto determine; más la “obligación de no consumir bebidas alcohólicas en la vía pública bajo ninguna circunstancia. Además, le fijó “como reparación económica en favor de la víctima Carrizo la suma de 60.000 pesos mensuales que serán destinados a su recuperación por las lesiones que padece y mientras su tratamiento, duren. También, según el acuerdo, autorizó a Ciarroca “a conducir automotores en el horario de 7 a 17 exclusivamente en el Ejido de María Grande, y vinculado a sus tareas laborales, debiendo oficiar a la Municipalidad de María Grande a sus efectos.
Finalmente, se consignó que “se tiene presente el compromiso asumido por Ciarroca de acrecentar la reparación económica ofrecida a Carrizo en el caso de resultar favorable el juicio civil contra la aseguradora de su vehículo”.

El hecho
El hecho que se le imputó a Ciarroca consistió en que el rodado en el que se conducía invadió “el carril contrario de circulación, para luego incorporarse nuevamente a su carril de forma ‘parcialmente lateralizada’ (oblicua), derrapando sobre la calzada e ingresando a la banquina derecha, donde por acción de la vegetación existente en el lugar y la energía cinética en su desplazamiento, perdió el equilibrio sobre su baricentro y comenzó el vuelco de ‘tipo tonel’.
En el trayecto salió despedido Ríos y posteriormente, la camioneta golpeó con la rueda trasera izquierda un tronco seco que provocó el vuelo sobre la vegetación para quedar en su posición de inmovilidad final recostada sobre su techo”, recordó ElDiario.
También se endilgó que como “consecuencia de la maniobra anteriormente descripta se produjo el deceso en el lugar de Ríos, a consecuencia de una hemorragia intra abdominal masiva por rotura de bazo; en tanto que Carrizo presentó politraumatismo con heridas contuso cortantes profundas con pérdida de sustancia en región frontal y malar izquierda de siete centímetros aproximadamente, lesiones en miembros inferiores, fractura de pelvis y fémur derecho».

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