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En la provincia se autoriza la actividad de los gimnasios, salvo en aquellas localidades donde haya transmisión de Covid-19 por conglomerados, certificado por la máxima autoridad sanitaria provincial.

A través del decreto Nº 1054 GOB se modifica la norma que habilitaba la actividad de los gimnasios en el territorio provincial, y se autoriza la actividad en la provincia, con excepción de las localidades que registren transmisión por conglomerados de Covid-19 oficializados por el Comité de Organización de Emergencia Sanitaria.

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En el mismo decreto, se aclara que se autoriza el funcionamiento de los gimnasios en localidades de la provincia, siempre y cuando no registren transmisión por conglomerados de Covd-19 certificado por la máxima autoridad sanitaria provincial, y en tanto se cumpla con las recomendaciones y protocolos.

La transmisión por conglomerado de Covid-19, se considera a la infección de personas por contacto indirecto, es decir, a la situación de contagio producido por un caso índice o secundario que permite desarrollas un seguimiento epidemiológico.

Al respecto, el ministro de Producción, Juan José Bahillo, explicó que “la provincia autoriza, pero son los municipios en particular quienes habilitarán esta actividad en cada una de las ciudades” y remarcó que “la autorizaciones se harán en aquellas ciudades que no tienen circulación por conglomerado».

Por último, precisó que los protocolos de funcionamiento, son previa y debidamente autorizados por una resolución del Ministerio de Producción”.

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