- Publicidad -


A Luciano Asselborn, se le imputó haber extendido la red de distribución domiciliaria de gas natural en Valle María, comprendiendo un loteo de su propiedad que no cumplía con los requisitos de viabilidad.

Luciano Asselborn fue condenado ayer, en primera instancia, a la pena de un año y seis meses de prisión condicional más la inhabilitación especial perpetua para ocupar cargos públicos. 

- Publicidad -


El lunes 26 a las 12, el Tribunal de Juicio, integrado por Rafael Cotorruelo, José María Chemez y Gustavo Pimentel, dará a conocer los fundamentos completos de la sentencia.

En el adelanto de la sentencia que se dio a conocer ayer, el Tribunal resolvió condenar por unanimidad a Asselborn, a quien se le imputó haber extendido la red de distribución domiciliaria de gas natural en Valle María, comprendiendo un loteo de su propiedad que no cumplía con los requisitos de viabilidad.

También se le atribuyó haber empleado «en provecho propio», trabajos y servicios que fueron pagados por el municipio.

Los denunciantes y únicos testigos de la causa fueron Juan Carlos Klein y Arsenio Ortman, que fueron parte de su gestión y luego intendentes, respectivamente.

El Tribunal entendió que los hechos que se le atribuyeron «se encuentran probados» y resolvió cambiar la calificación legal de Peculado de servicios con la que llegó a juicio la causa, por la de Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública.

El Tribunal tomó nota de las acusaciones cruzadas y viejas rencillas políticas que quedaron expuestas en el debate.

Así, expresó su desacuerdo con que se hayan utilizado cargos públicos y la estructura de la comuna para resolver diferencias políticas. También señaló que «la investigación no fue demasiado profunda» y que «tampoco está probado el daño patrimonial» a la comuna de Valle María.

En este sentido, se explayó en explicar que no se pudo probar que Asselborn haya pagado una parte de la obra de su propio bolsillo, tal como lo aseguró, y que no se pudo probar que hay utilizado personal, material y maquinarias de la municipalidad para su propio beneficio.

En relación a que no se pudo probar que el condenado pagó las obras, se señaló que, si bien su situación patrimonial lo hacía difícil puesto que en ese momento estaba concursado, no hay registros de que aquello haya sido como lo dijo Asselborn; al igual que no quedó debidamente probado que la comuna pagó las cuentas, puesto que tal como lo sostuvo un perito, en el municipio no se hallaron remitos ni facturas que registraran los supuestos pagos.

Para el Tribunal el único beneficiario de la obra fue Asselborn, que vio incrementado el valor de sus lotes, que al momento de la firma del contrato con la empresa, se encontraba sin habitantes.

En este sentido se sostuvo que «ningún vecino de Valle María tenía ninguna necesidad insatisfecha y no se vislumbraban proyectos a futuro en esa zona», añadiendo que «la urgencia la tenía Asselborn porque llegaba al final de su gestión y los que lo iban a suceder no la iban a realizar porque eran sus enemigos», cuestionado que se puso el interés político personal por encima del interés de la comuna.

El Tribunal señaló que Asselborn, siendo la «máxima autoridad» de Valle María, «generó confusión» entre el manejo de la cosa pública y la privada.

Así, resaltó que sustrajo una factura de pago de la obra, que estaba a nombre del municipio y en la sede comunal, se la llevó a su casa particular y la tuvo en su poder durante años «sin dar ningún tipo de explicación».

Fuente: El Diario

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here