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La ley nacional invita a las provincias a adoptar las normas procesales correspondientes a los efectos de concordarlas con las disposiciones contenidas en la ley 27.304 que modifica el artículo 41, tercero, del Código Penal.

Las modificaciones propuestas

La figura del arrepentido permite mejorar las investigaciones de casos de corrupción o lavado de dinero. «Queremos dotar a la Justicia entrerriana de una herramienta valiosa. Pensar que el delivery de dinero no tuvo un correlato en Entre Ríos sería propio de un iluso», dijo Vitor.

El diputado Esteban Vitor (Cambiemos) propone incorporar al artículo 58 del Código Procesal Penal de Entre Ríos la facultad del fiscal de firmar el acuerdo con el imputado arrepentido y agregar al artículo 62 del Código Procesal Penal la obligación de informar al imputado sobre la posibilidad de colaborar en la causa conforme al artículo 41, tercero, del Código Penal.

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La figura del imputado arrepentido, prevista por la ley nacional 27.034, «tiene hoy una significativa trascendencia, ya que reaviva la importancia de darle a la provincia una herramienta facilitadora para la investigación», dijo al hablar de su iniciativa el legislador oriundo de Paraná.

¿Hubo delivery de fondos públicos en Entre Ríos?

«Intentamos poner a disposición de la Justicia entrerriana una herramienta de significativa utilidad para la investigación y posterior condena de los delitos derivados del crimen organizado en general”, declaró según un comunicado remitido a El Entre Ríos.

“Resultaría del temperamento propio de un ingenuo creer que los hechos de corrupción que hoy se develan con diáfana claridad en la escena nacional, constituyen una realidad aislada a la de la provincia”, opinó.

Sentenció que «el delivery de fondos públicos y las anotaciones de Centeno parecen ciencia ficción. Sin embargo, en Entre Ríos, no son pocos los casos en los que hemos detectado sobreprecio en la obra pública, viviendas sin construir y obras presupuestadas que nunca se hicieron», lamentó el diputado macrista.

Vitor comentó que las experiencias de la aplicación de esta herramienta en otros países ,como Brasil, ha permitido el combate del crimen organizado, por lo que es vital incorporar a nuestro código procesal penal las facultad específica para que los fiscales puedan celebrar los acuerdos de colaboración previstos en la ley del arrepentido.

Fuente: Prensa diputado Vitor – El Entre Ríos.

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