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Los comercios podrán atender una determinada cantidad de clientes, respetando las normas de higiene. Peluquerías y centros de belleza deberán hacerlo con turnos. Para funcionar deben completar el formulario virtual

El intendente Darío Schneider firmó el Decreto Nº 070/2020, a través del cual la Municipalidad de Crespo habilita el funcionamiento de locales comerciales y/o prestación de servicios, siempre que sus titulares soliciten la autorización para su funcionamiento que será otorgada contra el cumplimiento del protocolo específico para la actividad que se trate.

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En conferencia de prensa realizada en la mañana de este martes 5, el intendente Darío Schneider y el Secretario de Economía, Hacienda y Producción, Hernán Jacob brindaron detalles de esta nueva etapa de flexibilización de actividades y sus correspondientes protocolos.

Schneider instó a la población a seguir respetando las normativas y pidió “responsabilidad colectiva para cuidarnos y seguir avanzando hacia recuperar la normalidad”. Además, recomendó seguir cumpliendo determinadas “conductas y hábitos como el lavado de manos y utilización de barbijo o tapabocas”.

Cuáles son las actividades habilitadas

El nuevo decreto regula la habilitación de Comercios de indumentaria, calzado, bazar, mueblerías, artículos del hogar, regalerías, joyerías, relojerías, viveros y otros rubros similares, no considerados de primera necesidad por las normas nacionales y que no se encuentren dentro de centros comerciales o galerías comerciales.

La autorización a funcionar también incluye a peluquerías y centros de belleza y/o estética personal que deberán trabajar exclusivamente por el sistema de turnos y con un protocolo diferenciado para dichas actividades.

Horarios de atención al público

No se realizarán modificaciones a los horarios que fueran establecidos mediante Decreto Nº 050/2020 del Departamento Ejecutivo Municipal (DEM)

De lunes a sábado, de 8:00 a 18:00, domingos y feriados, de 8:00 a 12:00, con excepción en estos días para las estaciones de servicios que podrán extenderse hasta las 18:00.

Cómo se solicita el permiso de habilitación comercial

Los interesados en obtener la autorización especial, deberán solicitarla completando el formulario virtual en www.crespo.gob.ar/coronavirus.

Cuando la Municipalidad procese las solicitudes remitirá un formulario con la leyenda “HABILITACIÓN EXTRAORDINARIA COVID 19 (Dec. Nº 070/2020) en el que se notificará el número máximo de personas que podrán ingresar simultáneamente en el local y las medidas de higiene, seguridad y desinfección que deberán adoptarse, que deberá ser impreso por el titular y exhibido al ingreso del local.

El Gobierno Nacional aún no habilitó eventos públicos y privados, transporte, actividades turísticas, parques y plazas

El Decreto Nº 070/2020 del DEM también aclara, en su Artículo 3, que está prohibida la apertura de las actividades que se mencionan a continuación (según lo establecido por el Artículo 4 del DNU 408/2020 del Poder Ejecutivo Nacional):

1-Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades.

2-Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que implique la concurrencia de personas.

3-Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.

4-Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional.

5-Actividades turísticas; apertura de parques, plazas o similares.

Para obtener los formularios interesados deben ingresar a los siguientes links:

INGRESÁ ACÁ PARA COMPLETAR EL FORMULARIO DE SOLICITUD DE HABILITACIÓN EXTRAORDINARIA COVID 19

DESCARGÁ EL PROTOCOLO DE LAS ACTIVIDADES DE HABILITACIÓN EXTRAORDINARIA COVID 19

INGRESÁ ACÁ PARA VER EL DECRETO Nº 070/2020

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