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El juez Julián Vergara, rechazó los planteos defensivos de Sergio Urribarri en la causa por enriquecimiento ilícito. Será citado a indagatoria en junio.

El juez de Garantías, Julián Vergara, decidió rechazar el planteo de prescripción planteado por la defensa del exgobernador Sergio Urribarri en la causa por enriquecimiento ilícito. Según sostuvo el magistrado ese instituto no corre en esta investigación porque el parate en la Instrucción Penal Preparatoria (IPP) se dio porque el entre 2015 y 2019, cuando Urribarri fue funcionario público. Ahora quedó cerca de ser imputado.

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El juez acompañó el planteo que hizo el fiscal Gonzalo Badano y rechazó lo requerido por Raúl Barrandeguy y Candelario Pérez, defensores del dos veces primer mandatario entrerriano.

Los abogados calificaron de viciada de parcialidad a la Instrucción Penal Preparatoria (IPP) y de deficiente y persecutoria. También atacaron el informe que hizo el contador Héctor Enrique del MPF, que habla de un aumento injustificado del patrimonio en 9 millones de dólares, ya que sostienen que la inconsistencia sería solamente 500.000 dólares como detallaron los peritos Romina Stepanic Pouey , técnica del Poder Judicial, y Cristian Dumé, perito de parte.

Esa diferencia estaría justificada, en especial, por las pingues ganancias obtenidas en el exterior por el hijo futbolista del exministro de Gobierno durante la última gestión de Jorge Busti.

El Ministerio Público expuso en la audiencia realizada la semana pasada que todo lo que se viene realizando en materia investigativa para probar que el exgobernador Sergio Urribarri se enriqueció ilícitamente entre 2008 y 2015.

En ese orden enumeró varias medidas que se han solicitado en el país y el exterior, que junto a una pericia contable permitirían determinar que hay 9 millones de dólares que Urribarri no pudo justificar hasta el momento.

También rechazaron el pedido de insubsistencia de la acción penal y por último rechazaron el pedido de nulidad de la causa

El exembajador quedó cerca de ser imputado, ya que para junio está previsto que la fiscalía lo llame a defenderse en esta investigación.

Revés judicial

El juez Julián Vergara no hizo lugar a ninguno de los planteos esgrimidos por los defensores del exgobernador Sergio Urribarri. Durante la audiencia de este miércoles el magistrado se encargó de fundamentar su oposición a tres de esos requerimientos, por lo cual se valió de antecedentes volcados en investigaciones de corrupción y las medidas que se vienen ejecutando en el presente proceso.

Para el juez en la causa “no ha operado el instituto de la prescripción penal” porque si bien el Código Procesal Penal prevé algunas causales de suspensión, recordó que entre enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2015, Urribarri se desempeñó en forma ininterrumpida como funcionario público. En rigor, consideró que no debe computarse el plazo de suspensión de la prescripción.

Previamente el juez había advertido, que en el caso de Urribarri, tiene derecho a estar sujeto a un proceso penal “que no dure eternamente”. De ese modo hizo alusión a la garantía del plazo razonable, “porque las investigaciones de larga duración son una afrenta para la dignidad de la propia persona que tiene derecho a aclarar su situación frente a la Ley. Y además tiene derecho a una rápida resolución que ponga fin lo más rápido posible a la situación de incertidumbre”.

Al promediar la audiencia, el magistrado pasó a resolver el planteo de insubsistencia de la acción penal. Vergara volvió a rechazar la petición de los defensores por entender que “la causa tuvo una intensa actividad procesal». En ese marco comenzó a detallar los movimientos registrados en la causa, especialmente los que se ejecutaron en el segundo semestre de 2020″.

Alegó que en este expediente, Urribarri fue convocado para el 14 de junio para que comparezca a su declaración de imputado. En efecto, el plazo de tres meses de la IPP no empezó siquiera a correr según entendió el juez. «Es por esto que también rechazo este planteo de los abogados defensores», expresó el magistrado.

Finalmente, el juez de Garantías rechazó el planteo de nulidad a la modificación de la apertura de la causa.

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