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Con votación unánime, el STJ declaró inadmisible el amparo para cuestionar el apartamiento del Ministerio Público Fiscal, como órgano acusador en el proceso que se le sigue ante el Jurado de Enjuiciamiento.

El Superior Tribunal de Justicia rechazó con votación unánime, la acción de amparo interpuesta por la procuradora adjunta y retrotrajo el cuadro de situación al estado anterior, es decir, revalidó la decisión del Jurado de Enjuiciamiento de apartar al Ministerio Público Fiscal del proceso que se le sigue por existir otro proceso judicial pendiente de resolución.

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El STJ integrado por los vocales Germán Carlomagno, Miguel Ángel Giorgio, Juan Ramón Smaldone, Bernardo Salduna y Gustavo Pimentel, mediante una votación unánime en la que intervinieron los tres primeros, revocó la sentencia dictada el 25 de enero pasado, por la Jueza de Feria Elena Albornoz.

El rechazo del amparo se da en el marco de la investigación que se realiza por su supuesto mal desempeño en la causa de las contrataciones ficticias en la Legislatura entrerriana.
La procuradora adjunta había cuestionado la decisión del Jurado de Enjuiciamiento que apartó al Ministerio Público Fiscal del proceso.

Cabe recordar que la jueza Elena Albornoz había decretado la “ilegitimidad” de la decisión del jury al afirmar que la Procuración General es “el órgano acusador”, pese a que el organismo que debe juzgar a Goyeneche había separado a su superior inmediato, Jorge García, de su función de acusador. Es por eso, que se recurrió a una lista de conjueces.
Con la nueva sentencia la situación se retrotrae a la situación anterior. Es decir que la parte acusadora del proceso contra Goyeneche estará en manos de Gastón Justet, un abogado de Gualeguay, quien aceptó intervenir como fiscal ad-hoc en el jury a la procuradora adjunta.

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