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El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad este lunes 5, un proyecto de ordenanza del Ejecutivo que contempla la exención del pago de la TGI a sectores comerciales afectados por la pandemia

Por unanimidad quedó aprobada la normativa para sectores comerciales de nuestra ciudad, lo que se verán beneficiados con la exención del 100% algunos rubros y del 50% otros, en el pago de la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad a los contribuyentes del Régimen General y Simplificado. La iniciativa surgió desde el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) que remitió un Proyecto de Ordenanza al Concejo Deliberante. 

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La Ordenanza exime del pago del 100% a quienes se encuentran inscripto en las siguientes actividades: Servicios de salones de baile, discotecas y similares; Servicios de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas, convenciones y otros eventos similares; y Servicios gastronómicos, Disck-Jockey, fotografía, edición y reproducción de grabaciones y video en fiestas y eventos.

Se especificó que esto no implica exceptuar a los contribuyentes encuadrados en el Régimen General de la presentación en término de la declaración jurada mensual.

Además, se facultó a la Administración Fiscal y Tributaria (AFyT) municipal a otorgar los beneficios anteriormente expuestos, a aquellos contribuyentes que demostraren estar comprendidos dentro de las medidas de aislamiento dispuestas, y hubieren suspendido sus actividades comerciales y/o de servicios en forma absoluta.

La exención regirá desde el período abril de 2021 y mientras duren las restricciones dispuestas por el Gobierno Nacional para el ejercicio de las actividades comprendidas, facultándose al DEM para fijar por Decreto la finalización del presente beneficio.

La normativa también exime del 50% de la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad a los contribuyentes del Régimen General y Simplificado, que se encuentran inscriptos en las siguientes actividades: Servicios de restaurantes, cantinas, bares y confiterías; Expendio de helados; Servicios de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador.

La exención regirá por el período mayo de 2021, facultándose al DEM para extender mediante Decreto fundado el presente beneficio por otros períodos dentro del ejercicio fiscal 2021, en función de la magnitud de las restricciones que establezca el Gobierno Nacional y/o Provincial para el ejercicio normal de las actividades enunciadas.

La Ordenanza también aclara que se imputará el respectivo crédito fiscal al primer período inmediato siguiente que le corresponda tributar, al contribuyente que hubiere abonado algún período en forma total o parcial.

La Sesión Ordinaria realizada este lunes 5 de julio, fue presidida por Miguel Berns quien contó con la asistencia de Evangelina Schmidt (secretaria Legislativa). Estuvieron los concejales: Javier Malavassi, María Elina Ruda, Andrés Spreafico, Cintia Marrón, Damián Weiss, Flavia Barón y Carlos Pfeiffer (Frente Crespo Nos Une-Cambiemos); María de los Angeles Ríos, Javier Fontana, Solana Piedrabuena y Humberto Giménez (Frente Justicialista CREER Entre Ríos).

SOLNoticias

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