- Publicidad -


Se le atribuye al Estado haber omitido cumplir con los deberes de cuidados y seguridad en la cárcel de Gualeguay. El caso ya tuvo dos fallos a favor de la familia del fallecido. Se estableció que deben ser indemnizados con $8.003.177.

Una millonaria demanda contra el Estado provincial promovida por la familia de un preso asesinado en la Unidad Penal N° 7 de Gualeguay llegó a la Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

- Publicidad -


La demanda fue iniciada en 2019 y se le atribuye al Estado haber omitido cumplir con los deberes de cuidados y seguridad en el penal. Hasta ahora el caso tuvo dos fallos a favor de la familia del fallecido en la que se estableció que deben ser indemnizados por la suma total de $8.003.177 (monto que se divide entre tres demandantes), más intereses y costas. El Estado apeló ante el máximo tribunal provincial.

En la presentación realizada por las demandantes -la esposa del joven asesinado y la madre del mismo- se expuso que el 20 de enero de 2017 Julio César Lescano, de 25 años, encontrándose alojado en la Unidad Penal N°7, cumpliendo una condena, “fue atacado por el interno Cristian Fabián Ibarra quien le asestó un puntazo con una tijera ‘Maped’, en la zona pectoral izquierda, produciéndole una lesión cardíaca que le causó la muerte”. El hecho ocurrió en el patio del pabellón modelo de la unidad penitenciaria, aproximadamente a las 23,13.

La acción legal fue iniciada por el abogado Antonio Rolando Cirigliano, en representación de la familia del preso asesinado, con una petición de pago de daños y perjuicios por un monto de $11.000.361,71.

En su presentación, el letrado señaló que “agrava la responsabilidad objetiva de seguridad que pesa sobre el Servicio Penitenciario la circunstancia de que la muerte de Lezcano fue un hecho que previsiblemente pudo haberse evitado, con la toma de debidos controles y cuidados para prevenir altercados y lesiones”, y recordó que “dos meses antes (aproximadamente) del deceso, Lezcano estaba en el Pabellón Modelo en la celda N° 4, con los internos Ibarra, Valussi, Reynoso y Godoy, en aquella oportunidad le pidió al director que lo trasladen a otro pabellón por problemas que tenía con Ibarra, originados en ataques verbales y hostigamiento personal que le infligía”.

El 3 de septiembre de 2019, el juez Civil y Comercial N° 1 de Gualeguay, Fabián Morahan, hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó al Estado entrerriano a abonar a la viuda la suma de $1.023.684,00 por daño moral, lucro cesante y tratamiento psicológico; más la suma de $1.304.606,00 para su hijo menor por daño moral y lucro cesante; y a la madre de la víctima la suma de $238.593,24 por daño moral, gastos funerarios y tratamiento psicológico.

Sin embargo, la sentencia fue apelada por los demandantes y también por el Estado.

El fallo de primera instancia fue reformulado en lo que respecta a los montos indemnizatorios por la Cámara Contencioso Administrativo de Paraná. Lo hizo el 19 de octubre de 2021, cuando rechazó la apelación del Estado y, en cambio, hizo lugar al planteo de las demandantes sobre las sumas reguladas por el juez de Gualeguay.

La Cámara estableció que a la pareja del hombre asesinado el Estado debe pagarle $3.598.091; al hijo menor de ambos $3.579.287; y a la madre de la víctima, $825.799. En total, el Estado debe desembolsar $8.003.177, más intereses y costas.

El caso está lejos de cerrarse, ya que el Estado presentó un Recurso de Inaplicabilidad de Ley (RIL), que fue concedida por la misma Cámara el 5 de abril de este año. Así, se dispuso elevar las actuaciones a la Sala en lo Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.

La Sala del máximo tribunal provincial está integrada por Martín Carbonell, Juan Smaldone y Gisela Schumacher. Esta última deberá apartarse de intervenir porque, siendo integrante de la Cámara Contencioso Administrativo, votó a favor del aumento de las indemnizaciones a la familia del preso asesinado, publica Entre Ríos Ahora.

Apelación del Estado

En sus diferentes descargos en la causa, la Fiscalía de Estado rechazó la demanda. La posición es que el homicidio ocurrió “de manera totalmente imprevisible, rápidamente, sin posibilidad alguna de haber podido prevenir la situación que desencadenó el fallecimiento de Lescano, destacando que tales testigos así lo describen resaltando la rápida y oportuna actuación del personal del servicio penitenciario que se encontraba de guardia en ese momento, con los escasos recursos con que cuenta”.

Además, puntualizó que “el luctuoso evento motivo de estas actuaciones obedece a una situación donde Ibarra realizó un hecho ilegítimo y violento, totalmente imprevisible que de ninguna manera pudo haberse evitado dado lo sorpresivo e imprevisto del suceso”.

El asesino, condenado en juicio abreviado

El jueves 22 de junio de 2017 en los Tribunales de Gualeguay fue condenado en un juicio abreviado el asesino de Julio César Lezcano, Cristian Ibarra. Le aplicaron 12 años y 6 meses de prisión por homicidio.

Ibarra ya venía cumpliendo una pena de 9 años de cárcel en un caso de abuso sexual agravado. Al momento del asesinato de Lezcano dentro del penal le restaban apenas diez meses para recuperar la libertad.

Por su parte, la víctima, Lezcano, cumplía una condena de 3 años y 6 meses de prisión por el delito de robo simple en grado de tentativa.

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here