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La entidad que nuclea a los abogados de la provincia realizará una Asamblea Extraordinaria para estudiar las acciones judiciales a seguir ante la Acordada del Superior Tribunal de Justicia de este lunes, que modifica los honorarios a los abogados en los amparos.

 

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Esta semana hubo una convocatoria de Acuerdo del Superior Tribunal de Justicia para tratar la constitucionalidad del Plenario en materia de amparos, artículo 35 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el carácter vinculante de lo que se determine en el Acuerdo y los criterios divergentes de regulación de honorarios en acciones de amparo dictadas por el Tribunal con distintas integraciones.

 

Debido a la integración del Superior Tribunal con cinco miembros, a partir de la sanción de la ley 10.704, se han pronunciado fallos contradictorios. Por ejemplo, en materia de orden público de los honorarios de los abogados.

 

Cabe destacar que en la provincia de Entre Ríos, tiene plena vigencia la ley 10.377, sancionada en el año 2015, que establece que los aranceles y honorarios profesionales recobraron el carácter de orden público.

 

Además, desde el Colegio de Abogados remarcaron la facultad exclusiva e indelegable de la Legislatura provincial para dictar normas sobre aranceles y honorarios y resaltaron que el artículo 8 de la Constitución Provincial, en una férrea defensa del federalismo, establece que las autoridades provinciales no pueden delegar facultades provinciales a la Nación (bajo apercibimiento de ser considerado causal de mal desempeño). Desde el CAER, remarcaron que estamos ante un gravísimo” conflicto de poderes.

 

Este lunes, ante la emergencia, el Colegio de Abogados presentó una nota al Superior Tribunal de Justicia, en la que se peticionaba por el respeto al Orden Público y “categóricamente” se denunciaba que el artículo 1255 del Código Civil y Comercial ha sido tácitamente derogado por el Congreso de la Nación para las regulaciones judiciales de honorarios de los abogados.

 

Este jueves, el CAER fue notificado formalmente sobre el Acuerdo Plenario Nº 1 del Superior Tribunal de Justicia en el que se perfora el mínimo establecido por la ley, lo que llevó a la institución a declararse en estado de alerta.

(Prensa Caer)

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