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Se podrán realizar aquellas actividades que no impliquen contacto físico, individual o con un máximo de 4 personas respetando los protocolos establecidos por el decreto provincial. Los incumplimientos serán multados

La Municipalidad de Crespo adhirió al Decreto Nº 787/2020 del Poder Ejecutivo Provincial, a través de lo cual se autorizan las prácticas deportivas que no implican contacto físico, individuales o con un número reducido de participantes (máximo 4), que se desarrollen al aire libre o en establecimientos privados de espacios abiertos, estando prohibido la utilización de espacios comunes, las competencias, entrenamientos o reuniones grupales, incluyendo la concurrencia de espectadores.

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El Decreto Nº 103/2020 del Departamento Ejecutivo Municipal adhiere y acompaña el plan progresivo de habilitación de actividades deportivas, dividido por etapas, elaborado por la Secretaría de Deportes de la Provincia. Esto comprende las siguientes disciplinas: Tenis, pádel, pelota paleta, badmington, golf, footgolf, equitación, tiro deportivo, tiro con arco, canotaje, remo, vela, natación en aguas abierta y pesca deportiva de costa.

Cómo tramitar la habilitación

En nuestra ciudad la habilitación será expedida por la Subdirección de Deportes y el Área de Salud. Los establecimientos interesados en obtener la autorización deberán solicitarla al correo electrónico deportes@municrespo.gob.ar, adjuntando protocolos de seguridad.

El incumplimiento de las normas establecidas en el Decreto del DEM, de las disciplinas autorizadas que tienen carácter taxativo como de los protocolos para su práctica y del Anexo A, debidamente constatado por la autoridad competente, serán sancionados con multa  graduable de $6.000 a $60.000 según corresponda.

INGRESÁ ACÁ PARA VER EL DECRETO Nº 103/2020 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL

INGRESÁ ACÁ PARA VER EL DECRETO Nº 787/2020 DEL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL

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